ASESORAMIENTO INTEGRAL

ADMINISTRATIVO Y CONTABLE
*ADMINISTRACION DE PROPIEDADES
*MONOTRIBUTO
* RESPONSABLES INSCRIPTOS
* RECURSOS HUMANOS Y SELECCION DE PERSONAL
* PUBLICIDAD, MARKETING, DISEÑO DE LOGO Y AMBIENTACION
* COMERCIO EXTERIOR Y LOGISTICA
LEGAL
* CIVIL
* COMERCIAL
* FAMILIA
* ACCIDENTES DE TRABAJO
* ACCIDENTES DE TRANSITO
* JUBILACIONES, PENSIONES Y REAJUSTES

viernes, 16 de diciembre de 2011

INGRESOS BRUTOS - CORDOBA

Se establece un régimen excepcional de facilidades de pago al que podrán acceder hasta el 20/1/2012 los contribuyentes y/o responsables para regularizar el pago de tributos, sus actualizaciones, recargos, intereses, multas y/u otros recursos adeudados, vencidos y no prescriptos al día 30/9/2011.


Entre sus principales características destacamos:

* Se podrán incluir deudas del impuesto sobre los ingresos brutos, inmobiliario, sellos, automotor, tasas retributivas de servicios, todo recurso que recaude y administre la Dirección General de Rentas, multas provenientes de infracciones al régimen de agentes de información, entre otras.

* La regularización de las obligaciones podrá realizarse al contado o en hasta 48 cuotas mensuales y consecutivas.

* El vencimiento de la primera cuota se producirá a los 7 días posteriores a la emisión del plan de pagos y el resto vencerán los días 20, a partir del mes siguiente al del vencimiento de la primera cuota.

* Los contribuyentes que se encuentren en proceso de verificación y/o fiscalización o determinación de oficio podrán acogerse al presente régimen y gozarán de una reducción de hasta el 60% de las multas formales y/o material, según el momento del acogimiento.

* Se prevé un interés resarcitorio de hasta el 1,74% mensual, según la cantidad de cuotas por las que se opte.

Por su parte, mediante la resolución (SIP Cba.) 63/2011 se establecen las tasas de interés de financiación, las cuales varían de acuerdo a la cantidad de cuotas solicitadas. Asimismo, se fija en $ 100 el importe mínimo de cada cuota cuando se trate del impuesto sobre los ingresos brutos, sellos y demás conceptos y recursos y de $ 60 para el caso del impuesto inmobiliario y automotor.

No hay comentarios:

Publicar un comentario